Ampárate contra la Ley Telecom
Mucho ruido ha provocado la Reforma Constitucional en Telecomunicaciones y Radiodifusión (#LeyTelecom) entre quienes nos preocupamos por nuestra privacidad, claro que como al gobierno no le conviene que se sepa lo que hacen contra derechos ciudadanos curiosamente se ponen a hacer estas reformas (la reforma energética y a telecomunicaciones) durante los partidos que jugaba la Selección Nacional durante el Mundial de Brasil, así aprovechan que la gente está más distraída y los medios más afocados a noticias que les dejen mejores rendimientos y para cuando el pueblo despierte de su letargo ya será demasiado tarde.
No todo es malo, algunas de las ventajas con las que quieren hacer creer que la Ley Telecom beneficia a los mexicanos son:
- A partir de enero de 2015 se elimina el cargo por larga distancia, hacer una llamada a otro estado de la república costará lo mismo que su equivalente local.
- Las operadoras podrán considerar el pago por segundo en las llamadas (lo que actualmente está ofreciendo Virgin Movil).
- Consultar tu saldo no tendrá costo (esto era una mentada!).
- La portabilidad de llevarte tu mismo número de teléfono a otra compañía deberá hacerse en 24 horas o menos.
- Las operadoras deberán desbloquear los teléfonos que ya hayan cumplido con el contrato y hayan sido pagados en su totalidad.
- Tres nuevas cadenas de televisión a nivel nacional (para acabar con el duopolio Televisa y TV Azteca).
- Retransmisión gratuita de la TV abierta (osea que los canales de Televisa, TV Azteca y los que se vayan a abrir no deberán tener costo extra en tu paquete de TV por cable).
- Neutralidad en la red (No deben privilegiar el tráfico generado de un sitio por sobre otros).
Peeeero, entre las cosas que no quieren que sepamos:
Los artículo 189 y 190 de dicha ley obligan a los concesionarios de telecomunicaciones (Telmex, Telcel, Megacable, Telecable, Axtel, Movistar, Isacell, Nextel… etc), autorizados y proveedores de servicios de aplicaciones y contenidos a proporcionar toda la información que las autoridades le soliciten, tales como:
- Nombre y domicilio del suscriptor.
- Tipo de comunicación (transmisión de voz, conferencia o datos), servicios suplementarios (reenvío o transferencia de llamadas) o servicio de mensajería (mensajes cortos, servicios multimedia o avanzados).
- Origen y destino de la comunicación (número de destino, modalidad de líneas y duración de la comunicación).
- Datos que permiten la identificación de fecha, hora y duración de la primera activación del servicio.
- Identificación y características del dispositivo.
- Ubicación de posicionamiento geográfico de las líneas telefónicas.
Todo lo anterior debe ser almacenado por medios electrónicos hasta por 2 años por dichos proveedores, si… tus conversaciones, las fotos que envíes, la gente con la que te comunicas, tus chats, etc serán propiedad de los proveedores de servicios de telecomunicación mínimo por 730 días, disponibles para cualquier policía (corrupto o no) o autoridad que lo solicite sin ninguna orden judicial (ojalá viviéramos en un país donde se pudiera confiar en la policía, y ni así estaría tranquilo ante una ley como esta!).
¿Y no se supone que el derecho a la privacidad es un derecho?
Lamentablemente, la Convención Interamericana de Derechos Humanos (es su artículo 11.2) dice que el derecho a la vida privada no es un derecho absoluto y, por lo tanto, puede ser restringido por los Estados, siempre que las injerencias no sean abusivas o arbitrarias.
…bueno, pero ¿Y la Constitución?
Ahí si tenemos fundamentado este derecho. En el Artículo 16 constitucional dice:
«Nadie puede ser molestado en su persona, familia, domicilio, papeles o posesiones, sino en virtud de un mandamiento escrito de la autoridad competente, que funde y motive la causa legal del procedimiento.»
De ahí que esta nueva ley sea calificada como anticonstitucional, lamentablemente el IFAI dejó pasar su oportunidad de oro para promulgarse en contra de esta ley cuando tuvo opción, lamentablemente ya es muy tarde porque ya está vigente (entró en vigor el 14 de agosto).
¿Y que queda por hacer?
Puedes ampararte contra dicha ley.
El juicio de amparo es un recurso legal que ayuda a protegerte contra normas generales, actos y omisiones de una autoridad que viole tus derechos humanos consagrados en la Constitución o en los tratados internacionales de los que México sea parte.
Si vives en Jalisco puedes acudir al ITEI y solicitar tu amparo ahí.
Amparos para el ITEI (Jalisco):
Rellena los datos faltantes, imprime el documento y lleva además una copia (por ambos lados) de tu credencial de elector u algun tipo de identificación oficial.
Si vives en otro estado de la república Puedes ir a la dependencia de protección de datos personales de tu estado para solicitar un amparo (comunmente son las mismas dependencias para solicitar información pública).
Otra manera es solicitar un amparo desde www.amparodigital.mx, tras llenar el formulario se generará un archivo PDF que deberás imprimir (10 copias además del original) y hacerlos llegar a un juzgado de tu distrito.
¡¡Tenemos hasta el 26 de septiembre para actuar!!
Nos espera un futuro más negro que en la novela «1984» de George Orwell si no hacemos algo.
Aquellos que renunciarían a una libertad esencial para comprar un poco de seguridad momentánea, no merecen ni libertad ni seguridad.
– Benjamin Franklin